| Organismo: |
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| Título: | PROGRAMA DE PROMOCION DEL EMPLEO AUTONOMO | |
| Ámbito: | Nacional | |
| Fecha Inicio: | 01/01/2009 | |
| Fecha Finalización: | 31/12/2010 | |
| Objeto: | Facilitar la constitución de de desempleados en trabajadores autónomos. | |
| Beneficiario: |
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo,cuya finalidad sea su constitución en trabajadores autónomos o por cuenta propia. Tanto la solicitud como las acciones subvencionables han de realizarse en el periodo comprendido entre 3 meses anteriores al comienzo de la actividad y 6 meses posterior a dicho inicio, para cualquiera de las 4 subvenciones. |
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| Forma Jurídica: | Empresario Individual, Comunidades de Bienes | |
| Sector: | Todos los Sectores de Actividad | |
| Acciones Subvencionables: |
Subvención Establecimiento Como Trabajador Autónomo: Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en los Servicios Públicos de Empleo, cuando se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia,y condicionada a que el beneficiario realize una inversión por una cuantia no inferior a 5000 euros(Inversión en Inmovilizado Material e Inmaterial): Inversiones Materiales: Terrenos,Edificios y locales. Instalaciones técnicas y obras del local Maquinaria y Utillaje Mobiliario Equipos procesos de Información Elementos de transporte Fianza (si el contrato es superior a un año) Gastos de constitución. Inversiones Inmateriales: Gastos I+D,Concesiones administrativas, Propiedad industrial,Fondo de comercio, Derecho de traspaso,Aplicaciones informáticas. Subvención Financiera: Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo y que tenga suscrito convenio con el Servicio Canario de Empleo (Caja de Canarias, CajaCanarias, La Caixa, Caja Rural, Caja Rural-CajaSiete, Banco Santander, BBVA, Banco Popular, Bankinter, SaNostra-Caixa Baleares y Banesto). En caso de microcréditos o Créditos del ICO, ,la subvención podrá llegar a ser por el total de gastos financieros, con los limites establecidos. El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75%, a financiar inversiones en inmovilizado material,pudiéndose destinar hasta un 25% a financiar el activo circulante. En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000 euros, sin incluir impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. Subvención formación: Financiacion parcial de cursos, a fin de cubrir las nececidades de formación del trabajador autónomo durante la puesta en marcha de la empresa(cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación) Subvención Asistencia Técnica: El objeto de esta subvención es la financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha de la empresa, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. |
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| Cuantía: |
Subvención Establecimiento Como Trabajador Autónomo: Desempleados en general: 5000 euros Jovenes desempleados de 30 o menos años: 6000 euros Mujeres desempleadas: 7000 euros. Desempleados con discapacidad: 8000 euros Mujeres desempleadas con discapacidad: 10000 euros. (En caso de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de los puntos 3º y 5º, anteriores se incrementarán en un 10%). Subvención Financiera: Se financiará hasta un máximo de 4 puntos el interes del crédito, como máximo durante los primeros cinco primeros años.(La cuantía es igual a la subvencion de empleo autónomo). Subvención Formación Máximo el 75% del coste de los cursos recibidos hasta una máximo de 3.000 euros. Subvención Asistencia Técnica Máximo el 75% de servicios externos con un tope de 2000 euros. |
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| Lugar de Presentación: |
Organismos que ayudan a cumplimentar dicha subvención: FifedeC/Granados, 8.Planta Baja-Edificio Complejo Universo.Teléfono: 922.23.68.70. Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento donde vaya a ubicar la actividad. Centro Insular para la Igualdad de Género C/Bethencourt Afonso, n º 17(Antigua calle San José)922.534.083. Cámara de Comercio(Departamento de Desarrollo Empresarial S/C de Tenerife)Plaza Candelaria nº 6.1ª Planta. 922.100.405.S/C de Tenerife Una vez cumplimentada la documentación se presentará en : Servicio Canario de Empleo Avda. Príncipes de España s/n Ofra-Tenerife Telf. 922.47.46.00 Subdirección de Empleo Servicio de Empleo I C/ Crucita Arbelo Cruz, s/n Lomo Apolinario.35014 Las Palmas de Gran Canaria.Telf: 928.45.58.58 / 928.45.59.30 |
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| Normativa/Link: |
Bases Modificacion de la base de la convocatoria documentacion Tramitación Departamento de Desarrollo Empresarial Entidades Financieras con Convenio SCE Página web del Servicio Canario de Empleo: http://www2.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/portalDesempleado/empleo.html |
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| Observaciones: |
Obligaciones del beneficiario. Los beneficiarios estarán obligados a mantener su actividad empresarial y su alta en Seguridad Social durante al menos tres años. El Reintegro de las cantidades percibidas responden al principio de proporcionalidad en función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas. Sólo se admitirá el pago en metálico de facturas o documentos justificativos del gasto con un máximo de 3.000 euros por expediente,segun el Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen General de Subvenciones. |